Guatemala es el tercer país más cristiano del mundo, superado por Malta y Rumanía. Entre el 65 y 70 por ciento de cristianos católicos, y entre 35 y 40 por ciento de cristianos protestantes evangélicos.
En torno a 6000 niñas entre los 10 y los 14 años quedaron embarazadas durante 2013 y lo que va de 2014, en el 90 por ciento de los casos víctimas de violación de un familiar, de manera principal por los padres, según los datos presentados por el Observatorio en Salud Reproductiva de Guatemala.
El Observatorio en Salud Reproductiva de Guatemala situado en 6ta calle 1-36 Zona 10, Edificio Valsari, Oficina 702, Ciudad de Guatemala, realiza un seguimiento sistemático y recolección de datos que permite contar con información oportuna y de calidad sobre el avance y desafíos de los procesos de implementación de las políticas para reducir las desigualdades en el sistema de salud, principalmente en la salud reproductiva. Cuenta con el apoyo de la Organización Panamericana de la Salud, el Fondo de Población de Naciones Unidas y de USAID / iniciativa de políticas en Salud.
En muchos de los casos "es el padre el que está haciendo uso sexual violando a su hija permanentemente" declaró en conferencia de prensa Elizabeth Lemus, coordinadora departamental del Observatorio. La mejor solución es la implementación de programas de educación sexual en los centros educativos del país y la difusión de campañas para denunciar la violación, considera la ONG Observatorio en la Salud Reproductiva.
De estas niñas violadas y embarazadas sólo un porcentaje mínimo podrá abortar si es su deseo. En Guatemala la interrupción voluntaria del embarazo está penada a excepción de casos en que la vida de la madre corra grave riesgo.
Según el Observatorio en Salud Reproductiva, en el país cada año ocurren unos 65 mil abortos inducidos, por fármacos o practicados en clínicas privadas que ponen anuncios en periódicos, entregan publicidad en la calle o simplemente ganan fama a base de rumores.
GUATEMALA. Código Penal - Capítulo III. Del Aborto
Art. 133. (Concepto) Aborto es la muerte del producto de la concepción en cualquier momento de la preñez.
Art. 134. (Aborto procurado) La mujer que causare su aborto o consintiere que otra persona se lo cause, será sancionada con prisión de uno a tres años. Si lo hiciere impulsada por motivos que, ligados íntimamente a su estado, le produzcan indudable alteración psíquica, la sanción será de seis meses a dos años de prisión.
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Algunos países de Latinoamérica —Uruguay, el más reciente— permiten el aborto en las primeras 12 semanas sin que la mujer alegue más motivo que su decisión. Lo mismo en Cuba, Puerto Rico y el Distrito Federal de México. En El Salvador, Honduras o Panamá, lo prohíben por completo.
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